Antes de vender una vivienda en Gran Canaria es fundamental asegurarse de que esté libre de cargas registrales. Una hipoteca pendiente, un embargo o deudas con la comunidad pueden impedir o retrasar la venta. En este artículo te explico qué son las cargas, cuáles son las más frecuentes en Gran Canaria y cómo resolverlas según la ley.
Son gravámenes o limitaciones inscritas en el Registro de la Propiedad que afectan al uso, disfrute o disposición de una vivienda. Condicionan la libertad del propietario para vender o hipotecar el inmueble.
📌 Referencia legal: Texto Refundido de la Ley Hipotecaria, Decreto de 8 de febrero de 1946 (BOE-A-1946-2453).
Qué son: el inmueble queda en garantía del banco por un préstamo.
Riesgos: si la hipoteca no se cancela registralmente, no se puede transmitir la vivienda.
Normativa: Ley Hipotecaria, arts. 1, 147 y 148.
Solución: solicitar certificado de deuda cero, firmar escritura de cancelación y registrarla.
Qué son: resoluciones judiciales o administrativas para saldar deudas.
Riesgos: el inmueble puede acabar en subasta forzosa.
Normativa: Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, art. 610.
Solución: negociar con juzgado o acreedor, fraccionar la deuda o pagarla y solicitar el levantamiento.
Qué son: derechos de paso, uso o restricciones de obra sobre la finca.
Riesgos: impiden reformas o provocan conflictos vecinales.
Normativa: Código Civil, art. 530.
Solución: revisar Registro y Catastro, regularizar con el Ayuntamiento o formalizar convenio de servidumbre.
Qué son: impagos de IBI, plusvalía municipal u otras tasas locales.
Riesgos: el Ayuntamiento puede reclamar al nuevo propietario.
Normativa: Ley Reguladora de Haciendas Locales, arts. 25 y 26.
Solución: solicitar certificados de estar al corriente, liquidar o fraccionar deudas antes de firmar.
Qué son: cuotas ordinarias o derramas extraordinarias no abonadas.
Riesgos: el comprador hereda la deuda si no se presenta el certificado de deuda cero.
Normativa: Ley de Propiedad Horizontal, art. 9.
Solución: pedir certificado al administrador y acordar plan de pago si existe deuda.
Auditoría registral y catastral: revisión completa en Registro y Catastro.
Informe legal personalizado: identificación de todas las cargas y su impacto.
Plan de acción: calendario con bancos, juzgados y administraciones.
Cancelación y verificación final: inscripción en el Registro y certificado de libertad de cargas.
Un propietario en Las Palmas de Gran Canaria quiso vender su vivienda y detectamos dos problemas:
una hipoteca parcialmente pagada,
y deudas con la comunidad de propietarios.
🔹 En menos de tres semanas gestionamos la cancelación registral de la hipoteca y pactamos un plan de pago con la comunidad. El inmueble quedó libre de cargas y se firmó la compraventa sin objeciones.
¿Qué ocurre si vendo un inmueble con cargas en Gran Canaria?
El contrato puede anularse y el vendedor responder legalmente por ocultar gravámenes (arts. 1473 y 1474 del Código Civil).
¿Cuánto tarda cancelar una hipoteca o un embargo?
Las hipotecas suelen resolverse en 10-15 días. Los embargos dependen del juzgado (aprox. 1 mes).
¿El comprador siempre exige que la vivienda esté libre de cargas?
Sí, salvo pacto expreso de subrogación, lo habitual es que se firme libre de gravámenes.
¿Puedo gestionar las cargas yo mismo?
Es posible, pero requiere conocimientos registrales y fiscales. Lo recomendable es contar con un especialista para evitar errores.
Si quieres vender una vivienda en Gran Canaria, asegúrate de que esté libre de cargas. Las hipotecas, embargos o deudas fiscales pueden retrasar o bloquear la operación. Con una auditoría legal previa y la cancelación registral correspondiente, tu propiedad quedará lista para vender sin riesgos ni retrasos.
👉 En CB Tu Hogar te acompañamos en todo el proceso para que vendas con seguridad y sin complicaciones.
Ley Hipotecaria (Texto Refundido, Decreto de 8 de febrero de 1946) – BOE-A-1946-2453
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil – BOE-A-2000-323
Código Civil, Real Decreto de 24 de julio de 1889 – BOE-A-1889-4763
Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales – BOE-A-1988-30150
Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal – BOE-A-1960-10906
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