Diferencias entre Alquiler Turístico y Alquiler de Corta Temporada

2 de diciembre de 2024
Cristina Benítez



El mercado inmobiliario en España ofrece diversas opciones para la explotación de propiedades, destacándose entre ellas el alquiler turístico y el alquiler de corta temporada. Aunque ambos pueden parecer similares a primera vista, tienen diferencias importantes en términos legales, fiscales y operativos que todo propietario debería conocer antes de decidir qué modalidad adoptar.

¿Qué es el Alquiler Turístico?

El alquiler turístico consiste en ofrecer una vivienda completamente equipada a turistas para estancias cortas, normalmente inferiores a 31 días. Este tipo de alquiler está regulado de manera específica por las Comunidades Autónomas y requiere cumplir una serie de requisitos, como:

  • Inscripción en el registro de turismo de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Licencia o autorización específica para operar como alojamiento turístico.
  • Cumplir con estándares de calidad y servicios, como disponer de aire acondicionado, wifi, ropa de cama, entre otros.
  • Publicitarse explícitamente como "alojamiento turístico".

Aspectos legales y fiscales del alquiler turístico:

  • Fiscalidad: Los ingresos generados tributan como actividad económica, lo que implica obligaciones adicionales, como darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y presentar declaraciones trimestrales de IVA si se prestan servicios adicionales, como limpieza o lavandería.
  • Normativa específica: Algunas comunidades imponen restricciones en zonas tensionadas o saturadas, como Tenerife, para preservar el acceso a la vivienda de los residentes locales.
  • Sanciones: Operar sin licencia puede conllevar multas elevadas.

¿Qué es el Alquiler de Corta Temporada?

El alquiler de corta temporada, en cambio, no está necesariamente enfocado en turistas, sino en arrendatarios que necesitan una vivienda durante un período limitado, que puede extenderse hasta varios meses (por ejemplo, trabajadores desplazados, estudiantes o personas que están reformando su vivienda principal).

Este tipo de alquiler no está sujeto a las regulaciones específicas del turismo, sino que se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Algunas características clave incluyen:

  • Contratos específicos que establecen claramente la duración y condiciones del arrendamiento.
  • No requiere inscripción como alojamiento turístico ni licencia específica.
  • Es menos restrictivo en términos de normativa y requisitos operativos.

Aspectos legales y fiscales del alquiler de corta temporada:

  • Fiscalidad: Los ingresos tributan como rendimientos de capital inmobiliario en el IRPF. A diferencia del alquiler turístico, no hay obligación de presentar IVA ni gestionar la actividad como económica, a menos que se presten servicios adicionales.
  • Flexibilidad: El contrato debe ser por escrito, especificando el tiempo de duración, y puede renovarse por mutuo acuerdo.

Principales Diferencias entre Alquiler Turístico y Corta Temporada

AspectoAlquiler TurísticoAlquiler de Corta Temporada
DuraciónCortas estancias (generalmente menos de 31 días).Meses, pero no excede los 11 meses.
NormativaRegulada por leyes de turismo autonómicas.Regida por la LAU.
FiscalidadRendimientos de actividad económica, IVA aplicable si hay servicios.Rendimientos de capital inmobiliario.
LicenciaObligatoria en la mayoría de las CCAA.No requiere licencia específica.
Uso principalAlojamiento para turistas.Vivienda temporal para no turistas.

¿Qué Opción es Mejor para Ti?

Elegir entre alquiler turístico y de corta temporada depende de factores como:

  1. Ubicación de la vivienda: En zonas turísticas como Tenerife, el alquiler turístico puede ser más rentable, pero también más restrictivo por las normativas.
  2. Tiempo y recursos disponibles: Gestionar un alquiler turístico requiere más dedicación (check-in/check-out, mantenimiento constante, marketing en plataformas).
  3. Perfil de inquilinos: Si prefieres arrendatarios que cuiden más la propiedad, el alquiler de corta temporada puede ser más seguro.

Conclusión

Ambas modalidades ofrecen ventajas y desventajas que deben evaluarse en función de los objetivos del propietario y las características de la propiedad. En CB Tu Hogar, tu inmobiliaria en Tenerife, te ayudamos a tomar decisiones informadas, ya sea para maximizar tus ingresos o para garantizar la tranquilidad en la gestión de tu inmueble.

¿Estás interesado en explorar las opciones para tu propiedad? ¡Contáctanos y descubre cómo podemos ayudarte!

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