Muchos propietarios en Santa Cruz de Tenerife se preguntan si es posible vender una vivienda que está habitada —ya sea porque viven en ella o porque está alquilada—. La respuesta es sí, pero hay aspectos legales y prácticos que debes tener en cuenta para evitar problemas y asegurar una venta exitosa.
Puedes vender tu casa aunque sigas viviendo en ella. Eso sí, hay algunos aspectos que debes tener en cuenta:
Organización de visitas: Es importante mostrarla en condiciones óptimas, lo que implica coordinar visitas en horarios razonables y tener la vivienda bien presentada.
Plazos de salida: En la escritura de compraventa debe figurar una fecha para entregar la vivienda libre de ocupantes. Debes planificar tu mudanza con tiempo para cumplir con ese compromiso.
También puedes venderla, pero hay que tener en cuenta lo que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), así como la Ley 12/2023 de Vivienda.
Si el nuevo comprador acepta mantener el contrato de alquiler, el proceso es más sencillo:
El contrato sigue vigente y el nuevo propietario se subroga en los derechos y deberes del arrendador.
El inquilino podrá seguir ocupando la vivienda hasta que finalice su contrato.
En contratos con personas físicas, el arrendatario tiene derecho a permanecer como mínimo 5 años (7 si el arrendador era persona jurídica).
Este escenario es ideal cuando el comprador es un inversor que busca una propiedad ya alquilada con rentabilidad inmediata.
Si el comprador desea ocupar la vivienda o venderla vacía, hay dos opciones:
Negociar una salida anticipada con el inquilino, que puede implicar ofrecer una compensación económica.
Esperar al vencimiento del contrato y comunicar formalmente la no renovación con al menos 30 días de antelación.
Según la legislación vigente, el inquilino tiene prioridad para comprar la vivienda:
Derecho de tanteo: Una vez se le notifique la intención de venta, tiene 30 días naturales para decidir si compra la vivienda por ese precio.
Derecho de retracto: Si no fue informado, el inquilino podrá ejercer este derecho durante 30 días tras enterarse de la venta.
Este derecho puede excluirse si en el contrato de arrendamiento consta una renuncia expresa.
En CB Tu Hogar tenemos experiencia con operaciones de viviendas ocupadas y alquiladas en Santa Cruz de Tenerife. Por eso:
Analizamos tu situación concreta para darte la mejor estrategia.
Gestionamos las visitas sin molestar a los ocupantes.
Coordinamos la comunicación con los inquilinos.
Buscamos al comprador ideal según el tipo de propiedad: inversores, particulares, familias...
Sí, se puede vender una vivienda habitada o alquilada en Santa Cruz de Tenerife. Lo fundamental es conocer los derechos de los ocupantes y aplicar una estrategia de venta adaptada al tipo de comprador.
Hemos preparado una guía completa con todo lo que necesitas saber: valoración, trámites, fiscalidad y más.
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