Si tienes una vivienda en Tenerife y te estás planteando alquilarla a turistas, aquí tienes una guía clara, resumida y actualizada para hacerlo legalmente y sin sorpresas. En 2025, el alquiler vacacional sigue siendo rentable, pero exige cumplir ciertos requisitos. Te los explicamos paso a paso.
Es un inmueble de uso residencial que se alquila a turistas por periodos cortos (días o semanas), y que está registrado como tal en el Gobierno de Canarias.
Registro en Turismo: Debes presentar una declaración responsable ante la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias.
Equipamiento completo: La vivienda debe estar amueblada, tener utensilios, ropa de cama, botiquín, extintor y carteles informativos.
Seguro obligatorio: Debes tener un seguro de responsabilidad civil.
Placa identificativa: Hay que colocar una placa oficial en la entrada.
Comunicar huéspedes: Tienes que registrar a cada huésped ante la policía.
Respetar normas comunitarias: Verifica si tu edificio permite este uso. La comunidad puede limitarlo.
En zonas turísticas como Arona o Adeje, una vivienda de 80 m² puede alquilarse por más de 1.500 € al mes. En el norte de Tenerife o en zonas residenciales, el ingreso será menor, pero sigue siendo una fuente interesante de rentabilidad.
¿Quieres saber más? Lee: Rentabilidad del alquiler en Tenerife en 2025
Declarar ingresos en el IRPF (no se aplica reducción por vivienda habitual).
Inscribirte en el IGIC si prestas servicios adicionales.
Registrar la actividad en Hacienda Canaria.
Se está tramitando una nueva ley que podría limitar el número de viviendas vacacionales en algunas zonas. Afectará especialmente a futuras altas, no tanto a quienes ya estén registrados.
Vendemos tu vivienda en cualquier municipio de Tenerife, con la misma estrategia y dedicación en toda la isla.
Alquilar tu casa a turistas en Tenerife es posible, rentable y legal si sigues los pasos adecuados. Si prefieres no asumir esta gestión o tienes dudas sobre si vender puede ser una mejor opción, podemos asesorarte. Visita nuestra landing para propietarios en Santa Cruz de Tenerife o landing en San Cristóbal de La Laguna.
Gobierno de Canarias: Turismo - Viviendas Vacacionales
Decreto 113/2015
Agencia Tributaria Canaria
BOE - Ley de Arrendamientos Urbanos y normativa fiscal
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